Base de datos con información sobre sustancias preocupantes en productos (SCIP)

Base de datos con información sobre sustancias preocupantes en productos (SCIP)

Conforme a la Directiva Marco de Residuos de la UE (WFD) del 5 de enero de 2021, debe informarse de todos los productos que contengan sustancias peligrosas para que sean incluidos en una base de datos de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA). La base de datos se llama SCIP (Substances of Concern In Products, Sustancias preocupantes en artículos).

Solo debe proporcionarse información sobre aquellos productos que contengan sustancias extremadamente preocupantes (SVHC) de la lista de sustancias candidatas de REACH (Autorización y restricción de preparados químicos) en una concentración superior al 0,1 % peso/peso (pero por peso).

Estos componentes deben poder vincularse al producto, de forma que las autoridades o clientes finales puedan saber qué componentes contienen sustancias peligrosas en un producto.

El objetivo de este programa es poder reemplazar las sustancias peligrosas mediante la transparencia en el contenido y decisiones informadas a la hora de comprar productos, además de garantizar que estas sustancias no estén presentes en productos reciclados. 

Todos los importadores, fabricantes y distribuidores deben informar de aquellos productos suministrados en la UE que contengan sustancias extremadamente preocupantes (SVHC) para que se incluyan en la base de datos SCIP. Para más información, visite el sitio web de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) en el siguiente enlace.

 

Scania CV utilizará un nuevo portal basado en el código VIN para el envío del ID de SCIP de cada vehículo. 

 

Los distribuidores también deben informar del contenido de SVHC de manera independiente en la cadena de suministro.

En el caso piezas que contengan sustancias extremadamente peligrosas (SVHC) que se monten fuera de fábrica, el encargado de comercializar el vehículo será quien debe enviar un nuevo informe del vehículo montado. En función del acuerdo comercial, esta labor debe llevarla a cabo el carrocero, el concesionario o el distribuidor.